A la hora de invertir, es esencial considerar no solo los plazos, rentabilidades y riesgos, sino también la fiscalidad asociada. ¿Cómo se deben declarar los beneficios obtenidos? ¿Qué impuestos corresponden a tus inversiones? En este artículo, nos enfocaremos en la fiscalidad del crowdlending, específicamente en cómo tributan las inversiones en Flobers.
Tributación en el IRPF
Los activos de deuda están ofreciendo rentabilidades atractivas, debido al entorno de subidas de tipos de interés. Sin embargo, hay que deducir las comisiones y los impuestos que nos toquen pagar por el rendimiento.
Es importante comprender que invertir en un proyecto de Flobers no genera ninguna obligación de declaración ni tributación en el IRPF. Solo se deben declarar las inversiones cuando se obtiene una ganancia, como el cobro de intereses en proyectos de préstamo.
La tributación afecta tanto a los intereses cobrados como a los rendimientos generados en caso de transmisión o amortización, respecto a la diferencia que exista entre el precio de adquisición y el valor obtenido finalmente. Se consideran rendimientos de capital mobiliario y tributan como rentas del ahorro, por lo tanto, se han de declarar en el IRPF.
Cuando un inversor es residente fiscal en territorio español, la retención a cuenta no es el impuesto definitivo que deben soportar los inversores respecto de la rentabilidad obtenida de los activos financieros, sino que dicha retención a cuenta minorará la cuota de su impuesto personal, por lo que el impacto de la retención a cuenta es fundamentalmente de carácter financiero, esto es, la menor liquidez inicial se compensa con el hecho de que, con posterioridad, la cuota que se debe satisfacer por el IRPF, será menor.
Los rendimientos obtenidos tanto por el concepto de intereses, como con motivo de la amortización de los instrumentos de renta fija tienen la consideración de rendimientos de capital mobiliario obtenidos por la cesión a terceros de capitales propios en los términos de la ley del IRPF. Dichos rendimientos se integran en la base imponible del ahorro tributando a la escala prevista en la actualidad. Los rendimientos que se perciban en concepto de intereses de los proyectos de Flobers estarán sujetos a retención por parte del emisor, a cuenta del IRPF de su perceptor (en la actualidad, un 19%). La amortización o venta de los activos de deuda, sin embargo, no están sometidas a retención.
Declaración de la Renta y progresión del gravamen
Este gravamen es de tipo progresivo y estos son los tramos:
- Hasta 6.000 euros: 19%
- Desde 6.000 euros hasta 49.999 euros: 21%
- Desde 50.000 euros hasta 199.999 euros: 23%
- Desde 200.000 euros hasta 299.999 euros: 27%
- Desde 300.000 euros: 28%
Tanto el cupón cobrado como el rendimiento obtenido se declaran después de obtenerlo o de vender los títulos, tanto si se ha llegado a término del plazo como si la venta se ha producido en otro momento anterior. Y siempre en la declaración de la renta que realizamos en el ejercicio posterior. Es decir, la retención no equivale a la tributación final. La retención solo implica un adelanto de impuestos, y la tributación real se determina al hacer la declaración de la renta.
Conocer estas retenciones es importante para determinar el resultado de la liquidación del IRPF, ya que estas hay que deducirlas. Así, si las retenciones son superiores a la cuota resultante a pagar, el inversor recibirá como resultado de la liquidación del IRPF el exceso retenido.
Flobers proporciona información anual sobre tus inversiones y beneficios obtenidos para facilitar tu declaración y como siempre puedes contactar con un asesor siempre que lo necesites.